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ArancelLatam / Partidas / 841510

Código HS 841510

Aires acondicionados

Referencia internacional de seis dígitos para la categoría maquinaria. La subpartida que se declara puede requerir dígitos adicionales según el país.

Productos de referencia

aire acondicionado, AC, split.

Lo que el código no decide por sí solo

El arancel final depende del país de destino, el origen, la subpartida nacional, acuerdos comerciales y medidas aplicables.

Respuesta rápida

El arancel general de la subpartida 8415.10 (aires acondicionados) va de 0% en Colombia a 18% en Argentina. 12 de 12 celdas están verificadas contra la consulta arancelaria oficial de cada país (2026-09-21); el arancel preferencial por origen y el IVA están en la tabla.

🌎 Los 12 países

Arancel de la subpartida 8415.10 en 12 países de América Latina

Arancel general (MFN) y arancel preferencial por origen cuando la fuente oficial lo registra. 12 de 12 celdas verificadas una a una contra la consulta arancelaria oficial de cada país el 2026-09-21.

DestinoArancel generalDesde Estados UnidosDesde ChinaDesde Unión EuropeaDesde BrasilDesde MéxicoIVAVerificado
🇨🇴 Colombia0 %líneas nacionales: 0–5 %0 % sin preferencia registrada0 % sin preferencia registrada0 % sin preferencia registrada0 % sin preferencia registrada0 % sin preferencia registrada19%2026-09-21 · fuente oficial
🇲🇽 México0 %0 % preferencia, sujeta a origen0 % sin preferencia registrada0 % preferencia, sujeta a origen0 % sin preferencia registrada0 % sin preferencia registrada16 %2026-09-21 · fuente oficial
🇵🇪 Perú0 %0 % sin preferencia registrada0 % sin preferencia registrada0 % sin preferencia registrada0 % sin preferencia registrada0 % sin preferencia registrada15.5 %2026-09-21 · fuente oficial
🇨🇱 Chile6 %0 % preferencia, sujeta a origen0 % preferencia, sujeta a origen0 % preferencia, sujeta a origen0 % preferencia, sujeta a origen0 % preferencia, sujeta a origen19 %2026-09-21 · fuente oficial
🇦🇷 Argentina18 %líneas nacionales: 12.6–20 %18 % sin preferencia registrada18 % sin preferencia registrada18 % sin preferencia registrada0 % preferencia, sujeta a origen18 % sin preferencia registrada21 %2026-09-21 · fuente oficial
🇪🇨 Ecuador15 %líneas nacionales: 0–15 %15 % sin preferencia registrada10.5 % preferencia, sujeta a origen1.5 % preferencia, sujeta a origen0 % preferencia, sujeta a origen13.8 % preferencia, sujeta a origen15 %2026-09-21 · fuente oficial
🇧🇴 Bolivia5 %líneas nacionales: 0–5 %5 % sin preferencia registrada5 % sin preferencia registrada5 % sin preferencia registrada0 % preferencia, sujeta a origen0 % preferencia, sujeta a origen13 %2026-09-21 · fuente oficial
🇵🇾 Paraguay14 %líneas nacionales: 0–16 %14 % sin preferencia registrada14 % sin preferencia registrada14 % sin preferencia registrada0 % preferencia, sujeta a origen14 % sin preferencia registrada10 %2026-09-21 · fuente oficial
🇺🇾 Uruguay16.2 %líneas nacionales: 0–18 %16.2 % sin preferencia registrada16.2 % sin preferencia registrada16.2 % sin preferencia registrada0 % preferencia, sujeta a origen0 % preferencia, sujeta a origen22 %2026-09-21 · fuente oficial
🇨🇷 Costa Rica15 %0 % preferencia, sujeta a origen0 % preferencia, sujeta a origen15 % sin preferencia registrada15 % sin preferencia registrada0 % preferencia, sujeta a origen13 %2026-09-21 · fuente oficial
🇵🇦 Panamá15 %0 % preferencia, sujeta a origen15 % sin preferencia registrada15 % sin preferencia registrada13.2 % preferencia, sujeta a origen0 % preferencia, sujeta a origen7 %2026-09-21 · fuente oficial
🇬🇹 Guatemala15 %0 % preferencia, sujeta a origen15 % sin preferencia registrada15 % sin preferencia registrada15 % sin preferencia registrada0 % preferencia, sujeta a origen12 %2026-09-21 · fuente oficial
  • · Colombia: aire acondicionado de pared/ventana hasta 30.000 BTU/h (el doméstico); por encima de 30.000 BTU/h paga 5. Gravamen vigente desde 16-ago-2013
  • · México: AA de ventana/pared/techo/suelo incl. split = 8415.10.01, Ex. (0 %) en la LIGIE 2022 (DOF 7-jun-2022) y sin cambios en 2023-2026. Representativa: 8415.10.01 (IGI 0 % hoy, fuente SNICE Tarifa 20-abr-2026 + Base Única 29-abr-2026, cotejada con los decretos del DOF). IVA 16 % = tasa general de la Ley del IVA (art. 1.º); la LIGIE no publica IVA.
  • · Perú: Representativa 8415.10.10.00 «con equipo de enfriamiento ≤30 000 BTU/h» (pared/ventana). Preferencias 100 % → 0 (Brasil ACE 58 100 % salvo zonas francas 20 %).
  • · Chile: Doce líneas por capacidad (BTU/h): 8415.101x «formando un solo cuerpo» (ventana/pared compacto) y 8415.102x «split-system»; todas 6 %. Representativa 8415.1021 (split ≤12.000 BTU/h); un equipo de ventana compacto ≤12.000 BTU/h es 8415.1011 (también 6 %).
  • · Argentina: 32 posiciones SIM: split ≤30.000 frigorías/h (8415.10.11) DIE 18 %; los demás ≤30.000 frigorías/h (ventana/compactos, 8415.10.19) DIE 20 %; >30.000 frigorías/h (8415.10.90) DIE 12,6 %. Representativa split inverter 8415.10.11.110Z = 18 %; un equipo de ventana paga 20 %. IVA 21 % para los equipos de hasta 30.000 frigorías/h, split incluidos (Ley de IVA, art. 28). Los de más capacidad (8415.10.90) pagan 10,5 % porque están en la lista de bienes de capital (art. 28, inc. e). Con origen UE: el acuerdo interino UE–Mercosur (aplicación provisional desde el 1-may-2026) desgrava esta línea en 16 cortes anuales hasta 0 el 1-ene-2041 (categoría 15); según el cronograma, en 2026 serían 16,9 % y desde el 1-ene-2027, 15,8 %, un cálculo nuestro que la aduana no publica y que la calculadora no aplica.
  • · Ecuador: 8415.10.10.00 (≤30.000 BTU/h) 15 %; 8415.10.90.00 (>30.000 BTU/h) 0 %. Representativa la de ≤30.000 BTU/h (equipos de pared/ventana/split domésticos). Ad valorem vigente desde 01/09/2017 (fin abierta), norma «RESOLUCION N°020-2017 EL PLENO DEL COMEX». IVA 15 % (LEY ORGÁNICA PARA ENFRENTAR EL CONFLICTO ARMADO INTERNO, LA CRISIS SOCIAL Y ECONÓMICA. PRIMER SUPLEMENTO R.O. 516 DE 12/03/2024.).
  • · Bolivia: Dos líneas: 8415.10.10.00 (≤ 30.000 BTU/h, el equipo doméstico de pared/ventana/split) GA 5 % = 10 % (RM 557) − 5 pp; 8415.10.90.00 (los demás) 0 % = 5 % − 5 pp (D.S. 5646 (−5 pp a todo el universo, vigente del 6-jul-2026 al 31-dic-2027)). Desde 2028: 10 % / 5 %. Requisito IBMETRO (Ley 1333, D.S. 27421/27562, sustancias agotadoras de ozono).
  • · Paraguay: Split 8415.10.11: AEC 18, ANV 14 % (LNE); ventana compacto 8415.10.19: 16 %; 8415.10.90 (BK) 0 %. Con origen UE: el acuerdo interino UE–Mercosur (aplicación provisional desde el 1-may-2026) desgrava esta línea en 16 cortes anuales hasta 0 el 1-ene-2041 (categoría 15); según el cronograma, en 2026 serían 13,1 % y desde el 1-ene-2027, 12,3 %, un cálculo nuestro que la aduana no publica y que la calculadora no aplica.
  • · Uruguay: Cuatro líneas: 8415.10.11.10 split con bomba de calor reversible (AEC 18, E/Z 16,2 %), 8415.10.11.90 los demás split (16,2 %), 8415.10.19.00 los demás de ventana/pared compactos (AEC 20, E/Z 18 %), 8415.10.90.00 los demás (AEC 12,6, E/Z 0 %, BK). Representativa split = 16,2 %; un equipo de ventana compacto paga 18 %. Con origen UE: el acuerdo interino UE–Mercosur (aplicación provisional desde el 1-may-2026) desgrava esta línea en 16 cortes anuales hasta 0 el 1-ene-2041 (categoría 15); según el cronograma, en 2026 serían 15,2 % y desde el 1-ene-2027, 14,2 %, un cálculo nuestro sobre el arancel que cobra hoy, menor que el tipo básico (art. 2.4.7), que la aduana no publica y que la calculadora no aplica.
  • · Costa Rica: Un solo inciso, Parte I: DAI 15. Representativa: 8415.10.00.00.
  • · Panamá: Una sola fraccion 8415.10.00.00.00: 15 %. ALADI Brasil 13,20 %; México, 0 % por el TLC Panamá–México. ITBMS 7 %.
  • · Guatemala: Un solo inciso, Parte I: DAI 15. Representativa: 8415.10.00.00.

Cada fila enlaza a la consulta oficial de la que salió la cifra. El arancel general es el de la línea nacional representativa del producto; si el HS6 tiene varias líneas con tasas distintas se indica el rango. Orientativo: la subpartida nacional exacta, la prueba de origen y los impuestos especiales los confirma tu agente de aduana.

Calcula el arancel de la partida 841510

La partida está preseleccionada. Cambia destino, origen, modalidad y valor FOB para simular tu caso.

Ajustar flete y seguro (opcional)