ArancelLatam

ArancelLatam / Partidas / 611020

Código HS 611020

Suéteres de algodón

Referencia internacional de seis dígitos para la categoría ropa y textiles. La subpartida que se declara puede requerir dígitos adicionales según el país.

Productos de referencia

suéter, buzo, hoodie, sudadera.

Lo que el código no decide por sí solo

El arancel final depende del país de destino, el origen, la subpartida nacional, acuerdos comerciales y medidas aplicables.

Respuesta rápida

El arancel general de la subpartida 6110.20 (suéteres de algodón) va de 6% en Chile a 40% en Colombia. 12 de 12 celdas están verificadas contra la consulta arancelaria oficial de cada país (2026-09-21); el arancel preferencial por origen y el IVA están en la tabla.

🌎 Los 12 países

Arancel de la subpartida 6110.20 en 12 países de América Latina

Arancel general (MFN) y arancel preferencial por origen cuando la fuente oficial lo registra. 12 de 12 celdas verificadas una a una contra la consulta arancelaria oficial de cada país el 2026-09-21.

DestinoArancel generalDesde Estados UnidosDesde ChinaDesde Unión EuropeaDesde BrasilDesde MéxicoIVAVerificado
🇨🇴 Colombia40 %0 % preferencia, sujeta a origen40 % sin preferencia registrada0 % preferencia, sujeta a origen0 % preferencia, sujeta a origen0 % preferencia, sujeta a origen19%2026-09-21 · fuente oficial
🇲🇽 México35 %0 % preferencia, sujeta a origen35 % sin preferencia registrada0 % preferencia, sujeta a origen35 % sin preferencia registrada35 % sin preferencia registrada16 %2026-09-21 · fuente oficial
🇵🇪 Perú11 %0 % preferencia, sujeta a origen11 % sin preferencia registrada0 % preferencia, sujeta a origen0 % preferencia, sujeta a origen0 % preferencia, sujeta a origen15.5 %2026-09-21 · fuente oficial
🇨🇱 Chile6 %0 % preferencia, sujeta a origen0 % preferencia, sujeta a origen0 % preferencia, sujeta a origen0 % preferencia, sujeta a origen0 % preferencia, sujeta a origen19 %2026-09-21 · fuente oficial
🇦🇷 Argentina20 %20 % sin preferencia registrada20 % sin preferencia registrada20 % sin preferencia registrada0 % preferencia, sujeta a origen20 % sin preferencia registrada21 %2026-09-21 · fuente oficial
🇪🇨 Ecuador10 %10 % sin preferencia registrada10 % sin preferencia registrada0 % preferencia, sujeta a origen0 % preferencia, sujeta a origen10 % sin preferencia registrada15 %2026-09-21 · fuente oficial
🇧🇴 Bolivia35 %35 % sin preferencia registrada35 % sin preferencia registrada35 % sin preferencia registrada0 % preferencia, sujeta a origen0 % preferencia, sujeta a origen13 %2026-09-21 · fuente oficial
🇵🇾 Paraguay20 %20 % sin preferencia registrada20 % sin preferencia registrada20 % sin preferencia registrada0 % preferencia, sujeta a origen20 % sin preferencia registrada10 %2026-09-21 · fuente oficial
🇺🇾 Uruguay20 %20 % sin preferencia registrada20 % sin preferencia registrada20 % sin preferencia registrada0 % preferencia, sujeta a origen0 % preferencia, sujeta a origen22 %2026-09-21 · fuente oficial
🇨🇷 Costa Rica15 %0 % preferencia, sujeta a origen0 % preferencia, sujeta a origen15 % sin preferencia registrada15 % sin preferencia registrada0 % preferencia, sujeta a origen13 %2026-09-21 · fuente oficial
🇵🇦 Panamá10 %0 % preferencia, sujeta a origen10 % sin preferencia registrada10 % sin preferencia registrada10 % sin preferencia registrada10 % sin preferencia registrada7 %2026-09-21 · fuente oficial
🇬🇹 Guatemala15 %0 % preferencia, sujeta a origen15 % sin preferencia registrada15 % sin preferencia registrada15 % sin preferencia registrada0 % preferencia, sujeta a origen12 %2026-09-21 · fuente oficial
  • · Colombia: suéteres: las cuatro líneas de 6110.20 pagan 40 % desde el 8-ene-2023. Gravamen vigente desde 08-ene-2023
  • · México: Suéteres, jerseys, cárdigans y chalecos de punto de algodón: una sola fracción, 6110.20.05 = 35 % (25 % en la LIGIE 2022; 35 % temporal por el DOF 19-dic-2024; 35 % sin término por el DOF 29-dic-2025). Con origen T-MEC o UE es 0 % si la prenda es originaria; además el art. 3 del decreto T-MEC exenta prendas NO originarias de EE.UU./Canadá que cumplan el anexo 6-A del T-MEC (cupos TPL) con certificado de elegibilidad de la Secretaría de Economía.
  • · Perú: Seis líneas nacionales, todas con arancel 11 %: suéteres (jerseys) con cuello de cisne (6110.20.10.10) y los demás suéteres (.10.90), chalecos (.20.00), cárdigans (.30.00), pullovers con cuello de cisne (.90.10) y los demás pullovers y similares (.90.90). IGV 15,5 % + IPM 2,5 % (18 %) sobre CIF + arancel. Con certificado de origen el arancel baja a 0 % desde EE. UU., la Unión Europea, Brasil (ACE 58, salvo mercancía de zonas francas) y México.
  • · Chile: Una línea 6110.2000, 6 %.
  • · Argentina: Seis posiciones SIM (suéteres, cardiganes y chalecos, por talle), todas DIE 20 % / DII 0 %; reintegro 8 %. Representativa 6110.20.00.110R (suéter de talle adulto). Con origen UE: el acuerdo interino UE–Mercosur (aplicación provisional desde el 1-may-2026) desgrava esta línea en 9 cortes anuales hasta 0 el 1-ene-2034 (categoría 8); según el cronograma, en 2026 serían 17,8 % y desde el 1-ene-2027, 15,6 %, un cálculo nuestro sobre el arancel que cobra hoy, menor que el tipo básico (art. 2.4.7), que la aduana no publica y que la calculadora no aplica.
  • · Ecuador: Cuatro líneas con la misma tasa: 6110.20.10.00 suéteres (jerseys), 6110.20.20.00 chalecos, 6110.20.30.00 cárdigan y 6110.20.90.00 los demás. Los suplementarios 0010–0015 son sólo para exportación. Arancel mixto: 10 % ad valorem más USD 5,50 por kilogramo neto; el específico se paga aunque el ad valorem esté rebajado por un acuerdo, salvo que el acuerdo también lo libere (la UE y Brasil lo tienen en 0). China no tiene fila de acuerdo en confecciones: paga el mixto completo.
  • · Bolivia: Cuatro líneas: suéteres o jerseys 6110.20.10.00, chalecos .20, cárdigan .30 y «los demás» .90, todas GA 35 % hoy = 40 % (RM 557) − 5 pp por el D.S. 5646 (−5 pp a todo el universo arancelario, vigente del 6-jul-2026 al 31-dic-2027); 40 % desde 2028. Requiere autorización previa del MDPRyA (VCLI, D.S. 4010) y declaración jurada ante el IBMETRO (D.S. 4615). Chile 0 % (ACE 22) en las cuatro.
  • · Paraguay: Una línea 6110.20.00: AEC 35, arancel nacional 20 % (nivel fijado por Decreto 37/2007). Brasil 0. Con origen UE: el acuerdo interino UE–Mercosur (aplicación provisional desde el 1-may-2026) desgrava esta línea en 9 cortes anuales hasta 0 el 1-ene-2034 (categoría 8); según el cronograma, en 2026 serían 17,8 % y desde el 1-ene-2027, 15,6 %, un cálculo nuestro que la aduana no publica y que la calculadora no aplica.
  • · Uruguay: Una línea 6110.20.00.00: AEC 35, TGA extrazona 20 %. Intrazona 0; México 0 %. Con origen UE: el acuerdo interino UE–Mercosur (aplicación provisional desde el 1-may-2026) desgrava esta línea en 9 cortes anuales hasta 0 el 1-ene-2034 (categoría 8); según el cronograma, en 2026 serían 17,8 % y desde el 1-ene-2027, 15,6 %, un cálculo nuestro que la aduana no publica y que la calculadora no aplica.
  • · Costa Rica: Una sola línea nacional, 6110.20.00.00 (suéteres, jerséis, chalecos y similares de punto, de algodón), Parte I del SAC (DAI armonizado en los cinco países): 15 %, el techo general del SAC para prendas de vestir. No hay desdoble por talla, género ni tipo de prenda dentro de esta subpartida. Las prendas del uniforme preescolar, escolar o colegial que fija el reglamento del MEP (Decreto 28557) están en la canasta básica tributaria, con un 1 % de IVA (Decreto 43790-H-MEIC-S, grupo XX); las demás pagan el general.
  • · Panamá: Cuatro fracciones nacionales de 12 dígitos, todas 10 %: 6110.20.00.00.10 y .20 (con cuello, excepto blanco), .30 «únicamente suéteres (jerseys), pulóveres y chalecos» y .90 los demás. Suéter de algodón: 6110.20.00.00.30. TLC Panamá–México: '0.023' en las .10 y .30 (la ANA lo publica sin unidad), EXCL en las demás; ALADI EXCL. ITBMS 7 %.
  • · Guatemala: Una sola línea nacional, 6110.20.00.00 (suéteres, jerséis, chalecos y similares de punto, de algodón), Parte I del SAC (DAI armonizado en los cinco países): 15 %, el techo general del SAC para prendas de vestir. No hay desdoble por talla, género ni tipo de prenda dentro de esta subpartida.

Cada fila enlaza a la consulta oficial de la que salió la cifra. El arancel general es el de la línea nacional representativa del producto; si el HS6 tiene varias líneas con tasas distintas se indica el rango. Orientativo: la subpartida nacional exacta, la prueba de origen y los impuestos especiales los confirma tu agente de aduana.

Calcula el arancel de la partida 611020

La partida está preseleccionada. Cambia destino, origen, modalidad y valor FOB para simular tu caso.

Ajustar flete y seguro (opcional)