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ArancelLatam / Partidas / 610910

Código HS 610910

Camisetas de algodón

Referencia internacional de seis dígitos para la categoría ropa y textiles. La subpartida que se declara puede requerir dígitos adicionales según el país.

Productos de referencia

camiseta, T-shirt, playera, polo.

Lo que el código no decide por sí solo

El arancel final depende del país de destino, el origen, la subpartida nacional, acuerdos comerciales y medidas aplicables.

Respuesta rápida

El arancel general de la subpartida 6109.10 (camisetas de algodón) va de 6% en Chile a 40% en Colombia. 12 de 12 celdas están verificadas contra la consulta arancelaria oficial de cada país (2026-09-21); el arancel preferencial por origen y el IVA están en la tabla.

🌎 Los 12 países

Arancel de la subpartida 6109.10 en 12 países de América Latina

Arancel general (MFN) y arancel preferencial por origen cuando la fuente oficial lo registra. 12 de 12 celdas verificadas una a una contra la consulta arancelaria oficial de cada país el 2026-09-21.

DestinoArancel generalDesde Estados UnidosDesde ChinaDesde Unión EuropeaDesde BrasilDesde MéxicoIVAVerificado
🇨🇴 Colombia40 %0 % preferencia, sujeta a origen40 % sin preferencia registrada0 % preferencia, sujeta a origen0 % preferencia, sujeta a origen0 % preferencia, sujeta a origen19%2026-09-21 · fuente oficial
🇲🇽 México35 %0 % preferencia, sujeta a origen35 % sin preferencia registrada0 % preferencia, sujeta a origen35 % sin preferencia registrada35 % sin preferencia registrada16 %2026-09-21 · fuente oficial
🇵🇪 Perú11 %0 % preferencia, sujeta a origen11 % sin preferencia registrada0 % preferencia, sujeta a origen0 % preferencia, sujeta a origen0 % preferencia, sujeta a origen15.5 %2026-09-21 · fuente oficial
🇨🇱 Chile6 %0 % preferencia, sujeta a origen0 % preferencia, sujeta a origen0 % preferencia, sujeta a origen0 % preferencia, sujeta a origen0 % preferencia, sujeta a origen19 %2026-09-21 · fuente oficial
🇦🇷 Argentina20 %20 % sin preferencia registrada20 % sin preferencia registrada20 % sin preferencia registrada0 % preferencia, sujeta a origen20 % sin preferencia registrada21 %2026-09-21 · fuente oficial
🇪🇨 Ecuador10 %10 % sin preferencia registrada10 % sin preferencia registrada0 % preferencia, sujeta a origen0 % preferencia, sujeta a origen10 % sin preferencia registrada15 %2026-09-21 · fuente oficial
🇧🇴 Bolivia35 %35 % sin preferencia registrada35 % sin preferencia registrada35 % sin preferencia registrada0 % preferencia, sujeta a origen0 % preferencia, sujeta a origen13 %2026-09-21 · fuente oficial
🇵🇾 Paraguay25 %25 % sin preferencia registrada25 % sin preferencia registrada25 % sin preferencia registrada0 % preferencia, sujeta a origen25 % sin preferencia registrada10 %2026-09-21 · fuente oficial
🇺🇾 Uruguay20 %20 % sin preferencia registrada20 % sin preferencia registrada20 % sin preferencia registrada0 % preferencia, sujeta a origen20 % sin preferencia registrada22 %2026-09-21 · fuente oficial
🇨🇷 Costa Rica15 %0 % preferencia, sujeta a origen15 % sin preferencia registrada15 % sin preferencia registrada15 % sin preferencia registrada0 % preferencia, sujeta a origen13 %2026-09-21 · fuente oficial
🇵🇦 Panamá10 %0 % preferencia, sujeta a origen10 % sin preferencia registrada10 % sin preferencia registrada10 % sin preferencia registrada10 % sin preferencia registrada7 %2026-09-21 · fuente oficial
🇬🇹 Guatemala15 %0 % preferencia, sujeta a origen15 % sin preferencia registrada15 % sin preferencia registrada15 % sin preferencia registrada0 % preferencia, sujeta a origen12 %2026-09-21 · fuente oficial
  • · Colombia: camisetas de algodón: 40 % desde el 8-ene-2023 (Decreto 2598 de 2022, confección). Gravamen vigente desde 08-ene-2023
  • · México: Camisetas (t-shirts) de punto de algodón: una sola fracción, 6109.10.03. Estaba a 25 % en la LIGIE 2022; subió a 35 % temporal por el DOF 19-dic-2024 (industria textil y de la confección) y quedó en 35 % sin término por la reforma de la Tarifa del DOF 29-dic-2025 (vigente 1-ene-2026). Con origen T-MEC o UE es 0 % si la prenda es originaria; además el art. 3 del decreto T-MEC exenta prendas NO originarias de EE.UU./Canadá que cumplan el anexo 6-A del T-MEC (cupos TPL) con certificado de elegibilidad de la Secretaría de Economía.
  • · Perú: Siete líneas nacionales, todas con arancel 11 %: t-shirts para hombres o mujeres (6109.10.00.31 teñidas de un solo color, .32 con hilados de distintos colores a rayas, .39 las demás), para niños o niñas (.41/.42/.49) y camisetas interiores (.50). IGV 15,5 % + IPM 2,5 % (18 %) sobre CIF + arancel. Con certificado de origen el arancel baja a 0 % desde EE. UU., la Unión Europea, Brasil (ACE 58, salvo mercancía de zonas francas) y México. China NO tiene preferencia para esta línea (producto excluido del TLC Perú-China): paga el 11 % general.
  • · Chile: Una línea 6109.1000, 6 % (unidad KN). Con origen chino entra libre desde el 1-ene-2015 (las prendas de algodón se desgravaron en 10 años).
  • · Argentina: Cuatro posiciones SIM («T-shirts» y camisetas interiores, cada una por talle mayor o menor al 16), todas DIE 20 % / DII 0 %; reintegro 8 %. Representativa 6109.10.00.110Y (T-shirt de talle adulto). Con origen UE: el acuerdo interino UE–Mercosur (aplicación provisional desde el 1-may-2026) desgrava esta línea en 9 cortes anuales hasta 0 el 1-ene-2034 (categoría 8); según el cronograma, en 2026 serían 17,8 % y desde el 1-ene-2027, 15,6 %, un cálculo nuestro sobre el arancel que cobra hoy, menor que el tipo básico (art. 2.4.7), que la aduana no publica y que la calculadora no aplica.
  • · Ecuador: Una sola línea, 6109.10.00.00. Arancel mixto: 10 % ad valorem más USD 5,50 por kilogramo neto; el específico se paga aunque el ad valorem esté rebajado por un acuerdo, salvo que el acuerdo también lo libere (la UE y Brasil lo tienen en 0). China no tiene fila de acuerdo en confecciones: paga el mixto completo.
  • · Bolivia: Una sola línea 6109.10.00.00 (camisetas y «T-shirts» de punto, de algodón): GA 35 % hoy = 40 % del Arancel 2026 (RM 557) − 5 pp por el D.S. 5646 (−5 pp a todo el universo arancelario, vigente del 6-jul-2026 al 31-dic-2027); desde 2028 vuelve a 40 % salvo prórroga. Es el techo arancelario boliviano (confección). Requiere autorización previa del MDPRyA (VCLI, D.S. 4010) y declaración jurada ante el IBMETRO (D.S. 4615).
  • · Paraguay: Una línea 6109.10.00: AEC 35, arancel nacional 25 % (lista nacional de excepciones, LNE*). Brasil 0. Con origen UE: el acuerdo interino UE–Mercosur (aplicación provisional desde el 1-may-2026) desgrava esta línea en 9 cortes anuales hasta 0 el 1-ene-2034 (categoría 8); según el cronograma, en 2026 serían 22,2 % y desde el 1-ene-2027, 19,4 %, un cálculo nuestro que la aduana no publica y que la calculadora no aplica.
  • · Uruguay: Una línea 6109.10.00.00: AEC 35 pero TGA extrazona 20 %. Intrazona 0. México: el Sistema de Aranceles de Uruguay XXI da 20 % para esta línea, es decir sin preferencia. Con origen UE: el acuerdo interino UE–Mercosur (aplicación provisional desde el 1-may-2026) desgrava esta línea en 9 cortes anuales hasta 0 el 1-ene-2034 (categoría 8); según el cronograma, en 2026 serían 17,8 % y desde el 1-ene-2027, 15,6 %, un cálculo nuestro que la aduana no publica y que la calculadora no aplica.
  • · Costa Rica: Una sola línea nacional, 6109.10.00.00 (camisetas de punto, de algodón), Parte I del SAC (DAI armonizado en los cinco países): 15 %, el techo general del SAC para prendas de vestir. No hay desdoble por talla, género ni tipo de prenda dentro de esta subpartida. Fuente: SIECA, Arancel Centroamericano de Importación, consulta regional, leída el 21-sep-2026. Las prendas del uniforme preescolar, escolar o colegial que fija el reglamento del MEP (Decreto 28557) están en la canasta básica tributaria, con un 1 % de IVA (Decreto 43790-H-MEIC-S, grupo XX); las demás pagan el general.
  • · Panamá: Una sola fracción, 6109.10.00.00.00: 10 %. México: el TLC Panamá–México la marca EXCL (excluida) y ALADI también EXCL, así que paga el 10 % pleno. ITBMS 7 %.
  • · Guatemala: Una sola línea nacional, 6109.10.00.00 (camisetas de punto, de algodón), Parte I del SAC (DAI armonizado en los cinco países): 15 %, el techo general del SAC para prendas de vestir. No hay desdoble por talla, género ni tipo de prenda dentro de esta subpartida. Fuente: SIECA, Arancel Centroamericano de Importación, consulta regional, leída el 21-sep-2026.

Cada fila enlaza a la consulta oficial de la que salió la cifra. El arancel general es el de la línea nacional representativa del producto; si el HS6 tiene varias líneas con tasas distintas se indica el rango. Orientativo: la subpartida nacional exacta, la prueba de origen y los impuestos especiales los confirma tu agente de aduana.

Calcula el arancel de la partida 610910

La partida está preseleccionada. Cambia destino, origen, modalidad y valor FOB para simular tu caso.

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