ArancelLatam

ArancelLatam / Partidas / 180632

Código HS 180632

Chocolate sin relleno

Referencia internacional de seis dígitos para la categoría alimentos y bebidas. La subpartida que se declara puede requerir dígitos adicionales según el país.

Productos de referencia

chocolate.

Lo que el código no decide por sí solo

El arancel final depende del país de destino, el origen, la subpartida nacional, acuerdos comerciales y medidas aplicables.

Respuesta rápida

El arancel general de la subpartida 1806.32 (chocolate sin relleno) va de 5% en Bolivia a 20% en México. 12 de 12 celdas están verificadas contra la consulta arancelaria oficial de cada país (2026-09-28); el arancel preferencial por origen y el IVA están en la tabla.

🌎 Los 12 países

Arancel de la subpartida 1806.32 en 12 países de América Latina

Arancel general (MFN) y arancel preferencial por origen cuando la fuente oficial lo registra. 12 de 12 celdas verificadas una a una contra la consulta arancelaria oficial de cada país (2026-09-28, 2026-09-22).

DestinoArancel generalDesde Estados UnidosDesde ChinaDesde Unión EuropeaDesde BrasilDesde MéxicoIVAVerificado
🇨🇴 Colombia15 %0 % preferencia, sujeta a origen15 % sin preferencia registrada0 % preferencia, sujeta a origen15 % sin preferencia registrada0 % preferencia, sujeta a origencondicionado al tipo, uso o valor del producto2026-09-28 · fuente oficial
🇲🇽 México20 %0 % preferencia posible: origen calificado y declaración escrita sin Sugar Reexport Program20 % sin preferencia registrada20 % sin preferencia registrada20 % sin preferencia registrada20 % sin preferencia registrada0 %2026-09-22 · fuente oficial
🇵🇪 Perú6 %0 % preferencia, sujeta a origen0 % preferencia, sujeta a origen0 % preferencia, sujeta a origen0 % preferencia, sujeta a origen0 % preferencia, sujeta a origen15.5 %2026-09-22 · fuente oficial
🇨🇱 Chile6 %0 % preferencia, sujeta a origen0 % preferencia, sujeta a origen0 % preferencia, sujeta a origen0 % preferencia, sujeta a origen0 % preferencia, sujeta a origen19 %2026-09-22 · fuente oficial
🇦🇷 Argentina20 %20 % sin preferencia registrada20 % sin preferencia registrada20 % sin preferencia registrada0 % preferencia, sujeta a origen20 % sin preferencia registrada21 %2026-09-22 · fuente oficial
🇪🇨 Ecuador20 %20 % sin preferencia registrada17 % preferencia, sujeta a origen2 % preferencia, sujeta a origen0 % preferencia, sujeta a origen20 % sin preferencia registrada15 %2026-09-22 · fuente oficial
🇧🇴 Bolivia5 %5 % sin preferencia registrada5 % sin preferencia registrada5 % sin preferencia registrada0 % preferencia, sujeta a origen5 % sin preferencia registrada13 %2026-09-22 · fuente oficial
🇵🇾 Paraguay6 %6 % sin preferencia registrada6 % sin preferencia registrada6 % sin preferencia registrada0 % preferencia, sujeta a origen6 % sin preferencia registrada10 %2026-09-22 · fuente oficial
🇺🇾 Uruguay18 %18 % sin preferencia registrada18 % sin preferencia registrada18 % sin preferencia registrada0 % preferencia, sujeta a origen18 % sin preferencia registrada22 %2026-09-22 · fuente oficial
🇨🇷 Costa Rica15 %15 % sin preferencia registrada15 % sin preferencia registrada15 % sin preferencia registrada15 % sin preferencia registrada15 % sin preferencia registrada13 %2026-09-22 · fuente oficial
🇵🇦 Panamá5 %5 % sin preferencia registrada5 % sin preferencia registrada5 % sin preferencia registrada4.4 % preferencia, sujeta a origen0 % preferencia, sujeta a origen0 %2026-09-22 · fuente oficial
🇬🇹 Guatemala15 %15 % sin preferencia registrada15 % sin preferencia registrada15 % sin preferencia registrada15 % sin preferencia registrada15 % sin preferencia registrada12 %2026-09-22 · fuente oficial
  • · Colombia: chocolate en bloques sin rellenar Línea representativa: 1806.32.00.90. Gravamen vigente desde 01-ene-2017. IVA representativo 19 %; chocolate de mesa: 5 % según la ventana IVA de DIAN.
  • · México: Chocolate y demás preparaciones con cacao en bloques, tabletas o barras de hasta 2 kg, sin rellenar (la tableta de tienda): 1806.32.01 no tiene un arancel de porcentaje simple, sino uno mixto (AMX): 20 % del valor MÁS 0,36 dólares por kilogramo del azúcar que contenga. Además del arancel, el chocolate con densidad calórica de 275 kcal o más por cada 100 g paga IEPS del 8 % (Ley del IEPS, art. 2, fracción I, inciso J, numeral 3); si el producto no trae etiqueta con las kilocalorías, la ley presume que supera ese umbral. Requiere permiso o aviso previo de la Secretaría de Economía, NOM y regulación sanitaria.
  • · Perú: Una sola línea nacional, arancel 6 %: chocolate y demás preparaciones con cacao en bloques, tabletas o barras, sin rellenar. IGV 15,5 % + IPM 2,5 % (18 %) sobre CIF + arancel. Con certificado de origen el arancel baja a 0 % desde EE. UU., China, la Unión Europea, Brasil (ACE 58, salvo mercancía de zonas francas) y México.
  • · Chile: Una sola línea, 1806.3200, 6 %: chocolate y demás preparaciones con cacao en bloques, tabletas o barras, SIN rellenar, de hasta 2 kg. La tableta rellena va en 1806.3100 y el bloque de más de 2 kg en 1806.2000, ambos al 6 %. No hay impuesto especial al chocolate en Chile, pero sí rotulación de advertencia «ALTO EN» (Ley 20.606) cuando supera los límites de azúcares, grasas saturadas o calorías, y la etiqueta debe estar en español antes de su venta.
  • · Argentina: 14 posiciones SIM. El chocolate en bloque, tableta o barra sin rellenar va a 1806.32.10 —con o sin edulcorante sintético, con cereales o frutas, y por tamaño de envase—, representativa 1806.32.10.990B: DIE 20 % / DII 0 %; reintegro 3,75 %. Las demás preparaciones sin rellenar de la subpartida (1806.32.20) pagan lo mismo. Con origen UE: el acuerdo interino UE–Mercosur (aplicación provisional desde el 1-may-2026) sólo rebaja esta línea dentro de un contingente común del Mercosur (un cupo anual común de 1.800 t, prorrateado en 2026); fuera de él se paga el arancel general.
  • · Ecuador: Una sola línea nacional, 1806.32.00.00 «Sin rellenar» (chocolate y demás preparaciones con cacao en bloques, tabletas o barras sin rellenar): 20 %. Ad valorem de la línea de referencia vigente desde 01/09/2023 (fin abierta), norma «VII ENMIENDA». IVA 15 % según la consulta de tributos del SENAE (LEY ORGÁNICA PARA ENFRENTAR EL CONFLICTO ARMADO INTERNO, LA CRISIS SOCIAL Y ECONÓMICA. PRIMER SUPLEMENTO R.O. 516 DE 12/03/2024.).
  • · Bolivia: Una sola línea 1806.32.00.00 (chocolate en bloques, tabletas o barras sin rellenar): GA 5 % hoy = 10 % del Arancel 2026 (RM 557) − 5 pp por el D.S. 5646 (−5 pp a todo el universo arancelario, vigente del 6-jul-2026 al 31-dic-2027); 10 % desde 2028 salvo prórroga. Registro sanitario del SENASAG (Ley 830).
  • · Paraguay: Dos líneas, ambas al 6 % por la lista nacional de excepciones frente a un arancel externo común de 20 %: 1806.32.10 chocolate y 1806.32.20 las demás preparaciones con cacao, en bloques, tabletas o barras sin rellenar. Es una rebaja fuerte: la tableta RELLENA (1806.31) paga 18 %, tres veces más. Desde Brasil y Argentina, 0 %.
  • · Uruguay: Cuatro líneas, todas al 18 % frente a un arancel externo común de 20 %: dentro del chocolate en bloques, tabletas o barras sin rellenar se distingue el solamente aromatizado (1806.32.10.10), el que contiene frutos de cáscara o frutas secas (.20), los demás (.90) y las demás preparaciones con cacao (1806.32.20.00). La tableta rellena es 1806.31.
  • · Costa Rica: Una sola línea nacional, 1806.32.00.00 (chocolate y demás preparaciones alimenticias que contengan cacao, en bloques, tabletas o barras, sin rellenar), Parte I del Arancel Centroamericano (armonizada: la misma tasa en Costa Rica, Guatemala, Honduras, Nicaragua y El Salvador): 15 %. Los rellenos van en 1806.31.
  • · Panamá: Tres fracciones, todas 5 % y con ITBMS 0 %: caramelo duro recubierto de chocolate, productos dietéticos con 50 % o más de cacao en peso, y «los demás». El bloque o tableta de chocolate sin rellenar entra por «los demás». Requiere permiso de la Agencia Panameña de Alimentos.
  • · Guatemala: Una sola línea nacional, 1806.32.00.00 (chocolate y demás preparaciones alimenticias que contengan cacao, en bloques, tabletas o barras, sin rellenar), Parte I del Arancel Centroamericano (armonizada: la misma tasa en Costa Rica, Guatemala, Honduras, Nicaragua y El Salvador): 15 %. Los rellenos van en 1806.31.

Cada fila enlaza a la consulta oficial de la que salió la cifra. El arancel general es el de la línea nacional representativa del producto; si el HS6 tiene varias líneas con tasas distintas se indica el rango. Orientativo: la subpartida nacional exacta, la prueba de origen y los impuestos especiales los confirma tu agente de aduana.

Calcula el arancel de la partida 180632

La partida está preseleccionada. Cambia destino, origen, modalidad y valor FOB para simular tu caso.

Condiciones de IVA en Colombia

El IVA depende del producto o su uso. Si no puedes confirmar estos datos, mostraremos un costo parcial con el IVA pendiente.

ET 468-1. Estatuto Tributario. Confirma la subpartida nacional y las condiciones del beneficio antes de declarar.

Ajustar flete y seguro (opcional)